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La organización de la actividad espeleológica |
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José
Luis del Río Etimológicamente,
la espeleología es la ciencia que estudia las cavidades naturales, las cuevas.
Una cavidad subterránea constituye en sí misma un ecosistema (en realidad, un
conjunto de ecosistemas), caracterizado por una serie de factores que lo definen
y singularizan: la ausencia de luz, temperatura prácticamente constante y el
elevado grado de humedad, próxima a la saturación. El
medio subterráneo y su entorno constituye una realidad extremadamente compleja
y dinámica, que abarca no sólo aspectos físico-químicos, biológicos o
hidrogeológicos, si no también aspectos paleontológicos, arqueológicos, históricos
o antropológicos. Esta multiplicidad de campos que confluyen en el estudio de
las cavidades, implica que el medio subterráneo y su entorno natural y cultural
se encuentre afectado por normativas muy diferentes, entre ellas las referidas
al Patrimonio Cultural del Estado (caso de los aspectos arqueológicos, históricos
o antropológicos), las referidas a la declaración de Espacios Naturales
Protegidos o incluso la regulación de los recursos hídricos (aspectos biológicos
o hidrogeológicos), por ejemplo. Así
pues, la espeleología es una actividad en la que suelen converger distintas
disciplinas científicas. Además, la exploración pura y simple de las
cavidades (la primera y más elemental aproximación a esa realidad que es el
mundo subterráneo) implica el desarrollo de una actividad y de unas técnicas
que tienen interés por sí mismas, incluso desde el punto de vista meramente
deportivo. De ahí la característica dualidad científico-deportiva de nuestra
actividad. La
espeleología es, pues, una actividad de actividades, en la que se integran tanto la
mera actividad recreativa o deportiva, como los estudios correspondientes a
cualquier disciplina científica que tenga relación con el medio subterráneo y
su entrono en un momento dado. De
cualquier forma (incluso desde una perspectiva exclusivamente recreativa o
deportiva), entendemos que la práctica de la espeleología ha de desarrollarse
atendiendo en todo momento al respeto del entorno natural y cultural del medio
donde se desarrolla la actividad. Asistimos
en la actualidad a fenómenos tales como la masificación y el incremento de la
presión en el uso público de un entorno tan extremadamente frágil, su uso
comercial, la falta de adecuadas medidas de protección, la impunidad de los
atentados contra el mismo, la acumulación de residuos y contaminación, con la
consiguiente alteración de sus condiciones geológicas y bioclimáticas,
disminución de poblaciones de especies protegidas, alteración, saqueo o
destrucción del patrimonio cultural, etc. A
pesar de contar en España con un marco legislativo lo suficientemente
desarrollado como para posibilitar diferentes medidas de protección, la
fragilidad del medio subterráneo y de su entorno natural y cultural, no
garantiza ni mucho menos su conservación, dado el peligro real de pérdida o
deterioro que supone un uso desordenado o inadecuado de estos ecosistemas. Por
eso, se hace precisa la implicación activa de todos los espeleólogos en su
estudio, conservación y divulgación, colaborando para ello con las
Administraciones Públicas y fiscalizando aquellas actuaciones o usos que se
desarrollen en el mismo, tendiendo siempre a que el uso del medio subterráneo
se haga de forma sostenible y sin generar riesgos de alteraciones que supongan
su menoscabo o desaparición; y todo ello, con independencia de las distintas
adscripciones (administrativas, deportivas, culturales, etc.) de cada cual. Pero
no solamente se trata de la integridad del medio. También está la integridad
personal de los propios espeleólogos. En caso
de producirse un accidente en una cavidad, debe tenerse en cuenta que las
tareas de rescate en montaña están encomendadas en España con carácter
general a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en especial los Grupos
de Rescate e Intervención en Montaña de la Guardia Civil (GREIM) o la Policía
Autónoma Vasca (Ertzaina), en el País Vasco, fuerzas que gozan de la condición
de autoridad; pero también comparten competencias en la materia y colaboran con
esas Fuerzas de Seguridad los cuerpos de bomberos dependientes de la Comunidad
Autónoma correspondiente (en Cataluña y Asturias, por ejemplo). Asimismo, ha
de tenerse en cuenta la labor de los distintos grupos de voluntarios: grupos de
espeleosocorristas dependientes de las Federaciones autonómicas, Cruz Roja,
DYA, voluntarios de Protección Civil, etc. La colaboración entre las Fuerzas
de Seguridad y demás entidades competentes en la materia y los distintos grupos
de voluntarios, suele llevarse a cabo a través de la suscripción de Convenios
de colaboración; y la coordinación entre todos los intervinientes en un
rescate debería estar garantizada a través de la articulación de Protocolos
de actuación. Pero
con independencia de lo hasta ahora apuntado, la práctica hoy en día de la
espeleología puede entenderse que abarca no sólo la clásica actividad científico-deportiva
ya referida, sino también aquellas otras actividades puramente recreativas,
culturales, educativas (educación ambiental), turísticas (turismo activo), o
afines. Las
actividades de uso público son las que giran alrededor del recreo, de la
cultura o de la educación y se sirven de las condiciones singulares que ofrece
el medio en donde se desarrollan, en razón de sus valores naturales, culturales
o del paisaje, sin que impliquen un aprovechamiento productivo de los recursos
naturales, ni una gestión directa encaminada a su conservación. Las
actividades de uso público, incluso en los espacios naturales protegidos,
constituyen un derecho ciudadano. La Constitución española contempla en su
art. 19 el derecho a circular por el territorio nacional; el art. 43 consagra el
deber de los poderes públicos de fomentar la adecuada utilización del ocio; y
el art. 45 garantiza el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para
el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo; además, debe
ser tenido en cuenta el derecho a la propiedad privada (art. 33), pilar
fundamental de nuestro ordenamiento jurídico. El
uso público debe ser regulado por la Administración, quien habrá de
garantizar que el mismo queda al alcance de cualquier ciudadano, se realiza de
forma ordenada, segura, con dotaciones y servicios adecuados y de calidad, y es
respetuoso para con el medio natural y cultural. No
obstante, y tradicionalmente, la práctica de
la espeleología en España se ha venido encuadrando dentro del ámbito
deportivo sin que, a nuestro juicio, esa regulación haya facilitado la
necesaria conjugación entre los dos aspectos de la característica dualidad
científico-deportiva de esta actividad. Las
Federaciones Deportivas han sido definidas como entidades privadas –si bien
desde la doctrina se las ha calificado como administraciones públicas de carácter
corporativo-, cuyo fin primordial es gestionar los intereses privados de los
deportistas federados; pero las Federaciones ejercen por delegación funciones públicas
de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores de
la Administración Pública, según establece el artículo 30 de la Ley 10/90,
del Deporte. Esta norma resulta trascendental para entender el marco en que han
de encuadrarse las relaciones de una Federación Deportiva con la Administración.
Y esas relaciones han de ser necesariamente unas relaciones de colaboración, la
cual puede desarrollarse de dos formas: bien actuando la Federación como una
entidad gestora, ejerciendo entonces por delegación funciones públicas de carácter
administrativo, o bien actuando como una entidad meramente consultiva. A
pesar de la flexibilidad y la amplia gama de posibilidades de colaboración con
la Administración que permite la ley a las Federaciones deportivas, en los últimos
tiempos, y desde la propia Administración, se viene insistiendo cada vez de
forma más agresiva en identificar deporte con competición, dejando a un lado
la actividad no competitiva -incomprensiblemente identificada ahora con la
recreación, en un ejercicio de necedad simplista-, haciendo primar las
componentes del espectáculo (entretenimiento para terceros que no intervienen
en la actividad) y de la búsqueda y justificación de una rentabilidad económica
en el deporte; y ello en detrimento del fomento de aquellos aspectos más
socializadores, formativos y educativos, tradicionalmente vinculados a la práctica
deportiva incluso desde la más remota antigüedad. Este
nuevo entorno, ha provocado en los últimos años una profunda crisis en la
regulación tradicional de nuestra actividad
en España, con graves disfunciones y enfrentamientos entre distintos colectivos
y Federaciones deportivas espeleológicas. Así pues, se hace necesario
encontrar nuevas fórmulas que permitan conjugar adecuadamente esa dualidad
científico-deportiva en la que se desarrolla la actividad espeleológica, para
que la misma no termine por degenerarse y para que la labor desinteresada de
miles de espeleólogos a lo largo de casi un siglo de acumulación de
conocimientos sobre el entorno natural y cultural vinculado al medio subterráneo
acabe desperdiciada y en el olvido. Algunas de esas nuevas fórmulas se ensayan
ya en la actualidad y pasan por incrementar el nivel de colaboración de los
espeleólogos con las distintas Administraciones públicas –especialmente, con
los diferentes departamentos autonómicos y municipales responsables de las políticas
culturales y medioambientales-, bien a través de los propios clubes o de las
Federaciones deportivas autonómicas, bien a través de asociaciones de carácter
cultural que agrupan a distintas personas y entidades que de forma
multidisciplinar se comprometen –cada cual desde su ámbito propio- con el
estudio, divulgación y conservación de medio subterráneo y su entorno natural
y cultural. Asistimos
al fin de las estructuras verticales y rígidas. La horizontalización en el
sistema de relaciones sociales, a la que sin duda contribuye el desarrollo de
las nuevas tecnologías de la información, nos obliga a adoptar un enfoque más
amplio, teniendo en cuenta las interacciones que se producen entre los distintos
elementos que integran el ámbito en el que se desarrolla nuestra actividad. La
organización de la actividad espeleológica precisa articularse de forma
inteligente y adaptarse a los tiempos, sin verse condicionada por las
dependencias de cualquier tipo a las que figuren adscritos distintas personas,
colectivos o entidades implicadas en dicha actividad: pertenencia a distintas
Administraciones o Estados, Federaciones deportivas (Espeleología, Montaña,
Subacuáticas...), Universidades, grupos de investigación científica, clubes
deportivos, asociaciones civiles, culturales o recreativas, particulares, etc.
Se hace preciso dejar de depender de viejas estructuras –mentales y
administrativas-, definitivamente anquilosadas y esclerotizadas (derechos de
autor entendidos a la manera tradicional, frente a la protección de la
información generada para que sirva exclusivamente a fines públicos, etc.). La
regularización y optimización de las relaciones entre las distintas personas,
colectivos y entidades espeleológicas
entre sí y con las Administraciones Públicas competentes, debe de articularse
a través de la suscripción de distintos Convenios de colaboración, partiendo
de la integración no ya sólo en las clásicas estructuras regladas (por
ejemplo, la organización deportiva, la investigación universitaria, etc.)
sino, cada vez más, en “redes” que permitan el intercambio de
información, la articulación institucional y la implementación de proyectos
comunes. Las redes son sistemas organizacionales capaces de reunir individuos e instituciones de una forma democrática y participativa, en torno a objetivos y/o temáticas comunes. Estructuras flexibles y armónicas, las redes se establecen por relaciones horizontales, interconectadas y en dinámicas que suponen el trabajo colaborativo y participativo. Las redes se sustentan por la voluntad y la afinidad de sus integrantes, caracterizándose como un significativo recurso organizacional, tanto para las relaciones personales como para la estructuración social. En la práctica, las redes son comunidades, virtual o presencialmente constituidas. Y hacia esta nueva forma de organización reticular es a la que debemos tender los espeleólogos para mantener el necesario equilibrio entre los dos aspectos –científico y deportivo- que caracterizan nuestra actividad, a fin de continuar con el estudio, conservación y divulgación del medio subterráneo y su entorno natural y cultural, colaborando a tal fin con las Administraciones Públicas y fiscalizando aquellas actuaciones o usos que se desarrollen en el mismo, tendiendo siempre a que el uso de ese medio tan extremadamente frágil se haga de forma sostenible y sin generar riesgos de alteraciones que supongan su menoscabo o desaparición. |